Ituzaingó Corrientes: Detienen camión de materiales con 250 kg de carne clandestina y un ternero entero escondido bajo el asiento del acompañante

 



En un operativo nocturno, Gendarmería y Policía Rural descubrieron la insólita maniobra: el vehículo, sin ninguna habilitación frigorífica ni sanitaria, trasladaba carne no apta para consumo humano. Conductor y acompañante quedaron presos por infracción al artículo 206 del Código Penal.

En un control conjunto realizado anoche por personal de Gendarmería Nacional (Escuadrón 47 “Puesto Filadelfia”) y la Policía Rural de Ituzaingó, sobre el kilómetro 1.238 de la Ruta Nacional 12, se interceptó un camión de carga de materiales que transportaba carne vacuna faenada de manera clandestina y en condiciones totalmente irregulares.

Al requisar el vehículo Ford Cargo dominio NYB-405, los efectivos descubrieron en la cabina, debajo del asiento del acompañante, un ternero completo faenado. En total se secuestraron aproximadamente 250 kilogramos de carne bovina que era trasladada sin cadena de frío, sin documentación sanitaria ni habilitación alguna.

La médica veterinaria que intervino en el lugar determinó que la carne no reunía las condiciones de aptitud para el consumo humano, por lo que fue decomisada y destruida bajo acta.
El conductor (argentino, mayor de edad), y su acompañante, quedaron aprehendidos y a disposición de la justicia. La Fiscalía Federal de Paso de los Libres ordenó el inicio de actuaciones por la presunta comisión del delito previsto y reprimido en el artículo 206 del Código Penal Argentino (comercialización de carnes o productos cárnicos adulterados o en condiciones que afecten la salud pública), cuya pena va de seis meses a tres años de prisión.

Normativa vigente sobre transporte de carne vacuna en Argentina

El transporte de carne bovina en el territorio nacional está estrictamente regulado por la Ley 26.967 (Código Alimentario Argentino) y las resoluciones del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), entre las que destacan:

Resolución Senasa 7/2018 y modificatorias: solo pueden transportar carne bovina los vehículos habilitados como “transporte de productos de origen animal” (categoría T2 o T3), que deben contar con sistema de refrigeración activa, paredes isotérmicas, piso antideslizante y sello de habilitación vigente.

Prohibición expresa: está terminantemente prohibido transportar carne (faenada o en canal) en vehículos de carga general, pick-ups sin equipo frigorífico o en cabinas de conductor.

Documentación obligatoria: guía de tránsito electrónica (DT-e) emitida por Senasa, rótulo sanitario del establecimiento faenador y constancia de inspección veterinaria ante y post mortem.

Infracción penal: cuando la carne se transporta sin controles sanitarios y pone en riesgo la salud pública, la conducta encuadra en el delito del art. 206 del Código Penal, independientemente de las multas administrativas que pueda aplicar Senasa.

El camión Ford Cargo interceptado no contaba con ninguna de estas habilitaciones y era utilizado habitualmente para transporte de materiales de construcción, lo que agrava la irregularidad.

El vehículo quedó secuestrado y ambos imputados fueron trasladados a sede judicial para prestar declaración indagatoria en las próximas horas. La investigación continúa para determinar el origen del animal faenado y si formaba parte de una red de faena clandestina en la zona.

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