Abuso en el Roque González: el juez Jiménez rechazó todos los pedidos de la fiscalía

 


La fiscal Correccional y de Menores Uno de Posadas, María Laura Álvarez, en calidad de subrogante, había pedido en los últimos días al titular del Juzgado Correccional y de Menores Dos, César Jiménez, que entiende en la causa del escándalo derivado por las denuncias de acoso y abuso en el Colegio Roque González, el inicio de una causa penal por distribución de material con contenido pornográfico contra los seis adolescentes acusados y se arbitre para ellos la garantía de educación de modo online, además de que ordene al establecimiento educativo la no renovación de la matrícula para el año próximo y decrete de inmediato la prohibición de acercamiento a las víctimas.

El magistrado, después de analizar dichos requerimientos, decidió rechazar todos. En el expediente al que tuvo acceso El Territorio, el juez se expide y "no hace lugar por los argumentos expuestos en los considerandos, los requerimientos del Ministerio Público Fiscal respecto de los menores, sin perjuicio de evaluar algunas sugerencias de la fiscalía en tal tenor y como medidas alternativas".

El caso del Roque González estalló hace una semana, cuando las alumnas de segundo año de la institución protagonizaron una sentada en el patio en reclamo de los abusos sufridos por parte de sus propios compañeros de curso.

En los considerandos, Jiménez argumenta que "corresponde entonces en orden al tratamiento de la presente, dejar claramente expuesto que estando frente a niños que aún no han cumplido los 16 años de edad, conforme lo dispuesto en el Art. 36 del CPA (Código Penal Argentino) ha de ser en definitiva declarado inimputable en la oportunidad procesal pertinente, resultando en consecuencia de aplicación al caso criterios normativos preferenciales en virtud de las características personales del sujeto, según seguidamente se expone".




"Debemos impregnarnos de formación y sensibilidad en la justicia juvenil, conociendo los estándares internacionales de aplicación obligatoria por que son derechos humanos y en dicho escenario, el niño ocupa una posición aún privilegiada. En la justicia de menores hacemos un juicio prudencial priorizando la recomposición familiar del niño niña y adolescente y la reintegración a las relaciones positivas con la sociedad. Hago propio el concepto del Dr. Carlos Tiffer, profesor de derecho penal de Costa Rica que dice: 'El principio de justicia especializada es la obligación del estado de dar una respuesta diferente cuando el infractor a la ley es una persona menor de edad'", puntualizó.

FUENTE; EL TERRITORIO

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