QUIEN CONTROLA A LOS PARAGUAYOS QUE ESTAS DEPREDANDO DÍA A DÍA NUESTROS RÍOS ESTO ES EN RIÓ PARANÁ LADO ARGENTINO CERCA DE ITA-IBATÉ CORRIENTES





 Deplorables espectáculos cuyos responsables están impunes, porque no se sabe de medidas ejemplares aplicadas tanto a pescadores que depredan los peces como a empresas contaminadoras de los cauces.
La Ley Nº 799/96, “De Pesca”, y el Decreto Nº 15487, que la reglamenta, son las normativas que supuestamente deberían regular todo lo concerniente a la actividad pesquera del país. Lamentablemente, como también sucede con muchas otras leyes, al final se reducen a letras muertas, ya que por su falta de aplicación caen en saco roto.
La Secretaría del Ambiente (Seam), que a través de la Dirección de Pesca y Acuicultura es la autoridad bajo cuya competencia recae la aplicación de las disposiciones legales, no termina de salir de su modorra, siendo incapaz de impedir el ejercicio abusivo del derecho a la pesca.
El Art. 12 de la ley mencionada prohíbe el transporte, comercialización y posesión de los peces cuyas medidas se encuentren entre 30 y 80 centímetros de longitud. De ahí que los ejemplares capturados cuyas dimensiones sean menores a las citadas en el cuerpo legal deban ser devueltos al agua en forma inmediata y sin causarles daño alguno, lo cual, sin duda, no piensan hacer los propietarios de las mallas de tan reducidas dimensiones que minan nuestros ríos.


La pesca furtiva, como también la contaminación de las aguas, seguirán en el descontrol a menos que la Seam salga de su inoperancia institucional, se disponga de veras a velar por el patrimonio natural del país y aplique con firmeza las normativas para evitar el vaciamiento de nuestros ríos y arroyos.





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