EN URUGUAY El trabajo de los reclusos en las cárceles pasará a ser obligatorio

El objetivo es incrementar su capacidad de sustentación, atendiendo a su “proyección de vida en libertad”, una vez cumpla la pena.
Si la ley de urgente consideración que elaboró el gobierno es aprobada sin cambios en el Parlamento, el trabajo de los reclusos en las cárceles uruguayas será obligatorio.

Estará organizado con criterios pedagógicos y psicotécnicos y para su aplicación se tendrá en cuenta la promoción y la perfección de las aptitudes laborales de los privados de libertad y sus capacidades individuales.

La propuesta indica que, en los casos de personas procesadas, la autoridad carcelaria deberá proporcionarles siempre la posibilidad de trabajar cuando manifiesten en forma voluntaria su disposición hacerlo.

En cualquier caso, el recluso podrá solicitar el trabajo elevando el pedido correspondiente, que será contemplado en lo posible “atendiendo a su proyección sobre la vida en libertad” y a los medios con los que cuente el establecimiento.

El proyecto prohíbe que un recluso trabaje en beneficio personal o privado de ningún funcionario de la prisión.

La organización y los métodos de trabajo deberán asemejarse, en lo posible, a los que se apliquen a una tarea similar en el exterior, de modo de contribuir a incrementar la capacidad del recluso para promover su propia sustentación luego de su puesta en libertad.

La ley de urgencia establece por otra parte la figura del “adulto joven”, que comprenderá a los reclusos procesados o penados de entre 18 y 23 años de edad.

Ellos tendrán prioridad en la asignación de actividades educativas, formales y no formales, que brinden lo establecimientos penitenciarios.

También en el aprendizaje y desempeño de un oficio mientras estén privados de libertad. La Justicia podrá conceder la redención de pena por trabajo. Se conmutará un día de reclusión por cada dos de tareas laborales.

A los efectos, no se podrán realizar más de ocho horas diarias de trabajo. La redención de pena también ser posible a través del estudio, bajo el mismo cálculo, con un máximo de seis horas diarias.

La normativa, que será puesta a consideración del Parlamento a partir de marzo, implica una limitación al régimen de libertades transitorias en las prisiones.

Dicho beneficio no será aplicable en los casos de delitos vinculados al narcotráfico, lesiones graves y gravísimas, rapiña, privación de libertad, homicidio, secuestro y extorsión.

A su vez, hasta cuatro años de penitenciaría podrían caberle a la persona que, hallándose legalmente preso o detenido, se evada o no retorne de una salida transitoria si está preso.

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